La Seguridad Social ofrece la posibilidad de que los trabajadores accedan a cobrar su pensión de jubilación antes del momento en que por edad le corresponde. Eso es exactamente la jubilación anticipada. Sin embargo, retirarse del puesto de trabajo previamente a lo que dicta la ley conlleva una serie de penalizaciones que suponen una reducción del montante mensual que correspondería a las personas que se acogen a ella si hubiesen esperado hasta la fecha indicada.
Es importante tener en cuenta que existen diferentes tipos de jubilación anticipada y que no siempre se produce de forma voluntaria por el interesado. Se puede dar, por ejemplo, una jubilación anticipada por enfermedad crónica o por otros motivos que no parten del deseo del pensionista y que señalaremos más adelante.
No menos reseñable es que el pasado 1 de enero de 2022 entraron en vigor unos nuevos coeficientes reductores para todas las personas que se jubilan anticipadamente. Es una de las medidas correspondientes a la reforma de las pensiones recientemente aprobada. Pero vayamos por partes.
¿Qué requisitos son necesarios para solicitar jubilación anticipada?
No todas las personas que quieran acogerse a la jubilación anticipada pueden hacerlo si desean acceder a la pensión. Existen unos requisitos para tramitar la jubilación anticipada voluntaria que han de cumplirse en todos los casos. Pasamos a enumerarlos a continuación:
- Individuos que se encuentren en situación de alta o asimilada al alta.
- Que hayan cumplido una edad, como máximo, inferior en dos años respecto a la edad exigida que se aplique en cada caso. A estos efectos no aplican las llamadas bonificaciones de edad, de las que se benefician los individuos que trabajen en sectores profesionales en las que desempeñan las denominadas actividades tóxicas, peligrosas, penosas o insalubres. También pueden beneficiarse de estas últimas las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.
- Tener en cuenta un periodo mínimo de cotización efectiva:
- 35 años. En tales efectos no se tendrá en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias ni el pago de años ni días de cotización por cotizaciones que resulten anteriores al 1/1/1967. Se computará en estos casos el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria y el servicio social femenino obligatorio, siempre con un máximo de un año.
- Dos años del periodo de cotización deben comprenderse al menos entre los últimos 15 años inmediatamente anteriores al momento en que se obtiene el derecho de pensión o en que terminó la obligación de cotizar.
- Para acceder a la jubilación anticipada, se dan circunstancias especiales para los trabajadores acogidos al sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios. En este caso, de los últimos 10 años cotizados, 6 deben corresponder a periodos de actividad efectiva en este régimen.
Es importante reseñar también que es necesario que la jubilación anticipada se informe a la empresa a través del modelo de carta de jubilación anticipada. En el mismo se incluirán los datos personales del interesado y se dirigirá al responsable de la empresa donde se va a causar baja.
Tipos de jubilación anticipada
La jubilación anticipada se puede producir por una gran variedad de motivos que no siempre tienen que ver con el deseo de la persona. En función de las causas que la provocan encontramos estos tipos de jubilación anticipada:
- Jubilación anticipada voluntaria. Se produce por interés del trabajador. Es decir, que fuerza su retiro antes de lo que dicta la ley. Se han de cumplir los requisitos que señalábamos anteriormente. Además, está sometida a penalizaciones que redundan en recibir una pensión de jubilación inferior a la que le correspondería en caso de jubilarse con la edad legal.
- Jubilación anticipada parcial. En este caso, se produce una jubilación anticipada, pero se compatibiliza con un trabajo a jornada parcial. Una modalidad con capacidad para aumentar los ingresos y seguir activos, pese a percibir la pensión. La cantidad de la renta se reducirá de forma proporcional en relación con el tipo de jornada.
- Jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador. Se trata de la jubilación anticipada que se produce por causas ajenas al trabajador. El individuo no tiene la intención de jubilarse, pero las circunstancias laborales le obligan a ello. Según la nueva ley, a partir de 2027 la edad de jubilación anticipada forzosa con la posibilidad de recibir pensión se amplía hasta los 63 años.
- Jubilación anticipada causada por una discapacidad. Para recibir la pensión se deben alcanzar al menos los 15 años cotizados. En caso de una discapacidad igual o superior del 45%, el afectado podrá jubilarse a partir de los 56 años. En el caso de que dicha discapacidad supere el 65%, la persona podrá acogerse a la jubilación anticipada desde los 52 años.
¿Cuáles son los coeficientes reductores en la jubilación anticipada?
La nueva Ley de Pensiones que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2022 busca incentivar el retraso de la jubilación hasta el momento en que dicte la ley que es la edad legal. Por ese motivo aumentan las penalizaciones asociadas a la jubilación anticipada. Los coeficientes reductores varían en función de cuánto tiempo queda para que el beneficiario acceda a la edad legal de jubilación.
Jubilación anticipada voluntaria
Como decíamos, solo se puede acceder a ella siempre que queden 24 meses o menos para llegar a la edad de jubilación legal. Además, se ha de contar con un periodo de cotización mínimo de 35 años. Los coeficientes reductores dependen del momento en que se accede a la jubilación anticipada.
La máxima reducción se produce cuando se accede a la jubilación anticipada 24 meses antes de la edad legal y el beneficiario ha cotizado menos de 38 años y 6 meses. En ese caso, la pensión que recibirá el beneficiario será un 21% menor de si se jubilara en el momento que indica la ley.
Por su parte, el menor coeficiente reductor se produce si el pensionista decide jubilarse un mes antes de la edad legal y ha cotizado 44 años y 6 meses o más. En este caso, se aplicará una rebaja del 2,81%.
Por lo tanto, todos los coeficientes reductores en la jubilación anticipada se encuentran entre el 21% y el 2,81%.
Coeficientes reductores con jubilación anticipada forzosa
En el caso de que un trabajador se vea obligado a jubilarse anticipadamente por causas no imputables a él, los coeficientes reductores serán menores. Eso sí, hay que tener en cuenta que solo se podrá acceder a la jubilación anticipada en este caso hasta cuatro años antes de la edad legal de jubilación. Además, el beneficiario ha de estar inscrito en el SEPE y acreditar una cotización efectiva de al menos 33 años.
De nuevo, los coeficientes reductores varían en función de los años cotizados y el momento de la jubilación. El mayor porcentaje de reducción será del 30% y se da cuando la jubilación se ha producido cuatro años de la edad legal y tiene menos de 38 años y 6 meses cotizados. Por su parte, la menor reducción será del 0,50%, con un mes para llegar a la edad legal de jubilación y más de 44 años y 6 meses cotizados.