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Pensión de viudedad: casos prácticos

¿Tienes dudas sobre cómo funciona la pensión de viudedad? Nada mejor que presentarte diferentes modelos en los que se exponen diversos casos prácticos para que puedas saber con antelación cuánto te corresponde según las circunstancias. Sigue leyendo para saber más.

La pensión de viudedad como fórmula para paliar dificultades económicas

La pensión de viudedad es una prestación económica destinada a las personas que hayan perdido a su cónyuge o pareja de hecho, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos.

El objetivo de estas pensiones es evitar que el beneficiario y su unidad familiar puedan sufrir una situación de necesidad económica, especialmente en aquellos casos en que la persona fallecida era quien aportaba la mayor parte de ingresos al hogar.

Acceder a una pensión de viudedad no requiere de unos trámites especialmente complicados. Se puede solicitar rellenando el formulario de la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y entregándolo de forma online, o bien, en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.

La gestión de las pensiones de viudedad corresponde al Instituto Nacional de Seguridad Social, excepto si el cónyuge o pareja de hecho fallecida haya sido trabajador del mar, en cuyo caso es el Instituto Social de la Marina el organismo encargado de evaluar la solicitud.

Aunque el trámite es bastante sencillo, para saber la cuantía que se recibirá hay que realizar el cálculo de la base reguladora y aplicarlo posteriormente al porcentaje a cobrar.

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Casos prácticos de la pensión de viudedad

La pensión de viudedad se calcula en base a las circunstancias profesionales y personales de la persona fallecida y del beneficiario. Se tiene en cuenta tanto el período de cotización del fallecido, según el cual se determina la base reguladora de la prestación, así como las circunstancias personales de la pareja que recibirá la prestación.

En caso de que el causante haya fallecido por accidente laboral o enfermedad profesional

Un trabajador que haya fallecido a causa de un accidente de trabajo, por ejemplo, en el mes de febrero de 2016 y que cuente con las siguientes retribuciones:

Salario base: 22 euros al día

Antigüedad: 3 euros al día

Plus asistencia: 3.000 euros al año

Plus peligrosidad: 2.000 euros al año

Horas extraordinarias: 500 euros al año

El trabajador tiene derecho a dos pagas extraordinarias de salario base más antigüedad según convenio.

Para que su pareja pueda cobrar la pensión de viudedad, el fallecido tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Afiliado en alta o situación asimilada
  • Si no está dada de alta se puede aplicar el alta presunta o de pleno derecho en aquellos supuestos en los que, pese a darse una prestación de trabajo efectiva y, por ende, una situación de alta real, la empresa haya incumplido con la obligación de afiliar, dar de alta y cotizar por el trabajador en la Seguridad Social.
  • Si está dado de alta, se le exigen 500 días en los 5 años anteriores al hecho causante
  • Debe haber un certificado de defunción

Cálculo de la pensión según base reguladora (BR)

BR = / 12

BR = / 12 = 1.357,58

La cuantía de la pensión de viudedad será de un 52% de la base reguladora, por tanto:

1357,58 x 52% = 705,94 €/mes más dos pagas extras al año

En caso de que el causante haya fallecido por enfermedad común

En este caso, la base reguladora se calcula dividiendo entre 28 la suma de 24 meses de cotización, elegidos entre los 15 años anteriores al fallecimiento. Si no se da el caso, se tomarían las 24 bases de cotización de los dos años anteriores al cese de actividad.

En caso de que el causante sea pensionista

A la base reguladora se le aplica un 52%, independientemente de la situación del causante al fallecer.

Así, si, por ejemplo, la base reguladora de la pensión es 1.565, a esta cuantía se le aplica un 52%, siendo el resultado un total de 813,8 euros mensuales.

En caso de que el beneficiario tenga cargas familiares, el porcentaje se puede incrementar hasta el 70% (siempre y cuando los hijos o acogidos sean menores de 26 años o tengan alguna discapacidad y convivan en la unidad familiar y/o sean dependientes). Continuando con el mismo supuesto, la pensión de viudedad sería un 70% de 1.565, por tanto, el beneficiario recibiría 1.095 euros mensuales.

En caso de que el beneficiario sea pensionista mayor de 65 años

Si el beneficiario es mayor de 65 años y es pensionista, se aplica un 60% a la base reguladora, siempre y cuando no haya recibido ingresos por la realización de un trabajo por cuenta ajena o propia, ni tampoco rendimientos o rentas que, en cómputo anual, superen el límite de ingresos establecido en cada momento para cobrar la pensión mínima de viudedad.

En el supuesto manejado, la pensión sería de 939 euros mensuales.


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