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¿Qué es un seguro de dependencia?

La pérdida de facultades conforme cumplimos años es una circunstancia inherente al ser humano. Sin embargo, en ocasiones esta disminución de la energía física y la reducción de la agilidad puede darse de forma más drástica. En estos casos, llegamos, incluso, a necesitar la ayuda constante de un cuidador para realizar actividades cotidianas. Esto lleva aparejados unos gastos que no siempre son fáciles de cubrir si antes no hemos tomado medidas de previsión. Una de las mejores fórmulas para garantizarnos los cuidados ante una futura incapacidad es contratar la garantía que es un seguro de dependencia.

Además, los seguros de dependencia nos protegen ante un posible deterioro psicológico o accidentes o enfermedades que provoquen una incapacidad temporal o permanente. Gracias a ello, los beneficiarios contarán con profesionales, o recibirán una cobertura económica que permitan contratarlos, que ofrezcan el apoyo necesario a quienes no se pueden valer por sí mismos.

Contratar un seguro de dependencia

La ley dicta que un individuo es dependiente “cuando se da una limitación física, psíquica o intelectual por la que la persona es incapaz de hacer las labores cotidianas por sí misma y requiere que una tercera persona le asista para realizar estas tareas”. Es importante tener en cuenta este concepto para entender qué es un seguro de dependencia y, sobre todo, en qué casos va a ofrecer la cobertura que contrató en su momento el cliente.

La cobertura del seguro de dependencia va a depender de cuál se contrate. Es decir, no todos ofrecen exactamente lo mismo.

Existen modelos de seguros de dependencia que facilitan una prestación de servicios al asegurado. En este caso, se pueden dar muchas modalidades que variarán en relación al contrato realizado. Estos son algunos de los más habituales.

  • Asistencia a domicilio.
  • Servicios de teleasistencia que sirvan de complemento a la asistencia en el domicilio.
  • Pago del coste que suponga la estancia del asegurado en una residencia o en un centro temporal donde reciba la asistencia que necesite.
  • Formación en asistencia a quienes vayan a ser los cuidadores.
  • Cobertura para que se pueda dar la asistencia familiar.

Por otro lado, una de las modalidades más habituales en el seguro de dependencia es el que ofrece directamente la ayuda económica para que la persona incapacitada pueda contratar las ayudas que se consideren necesarias. En este caso, se recibirá la cantidad acordada en el momento en que el individuo pueda acreditar de forma legal que cuenta con el grado de dependencia que cubre el seguro. También podría darse el caso de que aumente la cantidad recibida en función de si se constata que el grado de dependencia se ha incrementado.

En esta modalidad, la cantidad de podrá recibir en forma de capital, lo que supone que todo el dinero se recibe en una sola entrega y son el afectado y sus familiares los que deben distribuirlo. Pero también existe la posibilidad de que la recepción sea en forma de renta, lo que implica que recibirá cantidades periódicas que sirvan para pagar las asistencias necesarias. Esta renta puede darse de forma mensual o trimestral.

Las aseguradoras exigen habitualmente que se firme un documento antes de contratar el seguro en el que se indiquen que se cumplen con los requisitos médicos preestablecidos por las empresas. Y es que es importante saber que el seguro solo se puede contratar si no existe una declaración previa de dependencia.

Por otro lado, existe un límite de edad en que las empresas aseguradoras autorizan contratar este tipo de seguros. Es decir, las compañías no permiten contratarlos una vez superados los 70 o 75 años. Las pólizas, además, suelen establecer un límite económico de prestaciones para los asegurados.

Grados de dependencia

Una vez que hemos profundizado en qué es un seguro de dependencia es el momento de conocer los grados de dependencia identificados por las entidades públicas españolas y que determinan el tipo de ayuda que necesita cada persona. Son los profesionales especializados los que indican qué tipo de grado de dependencia tienen los individuos. Para ello aplican el Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia.

Estos son los grados reconocidos y sus especificaciones.

  • Grado I o de dependencia moderada: La persona necesita el auxilio de otro individuo al menos una vez al día para realizar tareas que resultan básicas en la vida cotidiana como pueden ser alimentarse, lavar la ropa, ir a la compra o asearse. Además, se incluye es este espacio a quienes tienen una necesidad de apoyo limitado o intermitente respecto a su autonomía personal.
  • Grado II o dependencia severa. La persona no necesita el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para mantener su autonomía personal. Sin embargo, necesita ayuda al menos dos o tres veces al día para realizar actividades cotidianas como las descritas en el punto anterior.
  • Grado III o gran dependencia. A causa de la pérdida total de su autonomía física, mental, sensorial o intelectual demanda un apoyo constante por parte e indispensable por parte de otra persona o cuenta con necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

Convenio especial de cuidadores y Ley de Dependencia

Los cuidadores familiares o del entorno de las personas dependientes se encuentran en numerosas ocasiones con muchas dificultades para conciliar su vida profesional y el cuidado del ser querido si no cuentan con apoyos como el que supone un seguro de dependencia. Por ese motivo, la ley trata de paliar la situación ofreciendo beneficios.

Uno de los más destacados está incluido en el Real Decreto-ley 8/2019, que recuperó hace tres años el sistema de cotización a la Seguridad Social de la Ley de Dependencia para los cuidadores y cuidadoras no profesionales. Esto implicó que se volvía a ofrecer un apoyo fiscal a los cuidadores no profesionales que había sido cancelado con la reforma laboral del año 2021.

En España es muy habitual que un familiar o persona cercana al individuo dependiente asuma su cuidado, lo que implica muy habitualmente dejar de forma total o parcial la vida laboral para dedicarse a dicho cuidado. Con este Decreto Ley se permite que estas personas estén cotizando a la Seguridad Social sin que tengan que hacer frente a ningún pago por ello.

Se trata de un convenio especial dentro de la Ley de Dependencia. Esta trata de amparar de forma legan a todas las personas que necesitan la ayuda por parte de otras personas para continuar su vida cotidiana. La Ley de Dependencia otorga una serie de ayudas económicas para el cuidado de las personas dependientes, además de otro tipo de servicios. Entre estos se encuentran algunos como la ayuda a domicilio, la teleasistencia, facilitar un centro de día y de noche o la atención residencial, según sean el grado de dependencia y la situación económica del afectado.


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